Ramirez Hnos / Inter-tir desde 1905

Condiciones Particulares aéreo/export

Condiciones aplicables a nuestras ofertas de transporte aéreo

Estas condiciones se aplican, salvo mención expresa en contra, a las ofertas estándar de transporte aéreo emitidas por nuestra empresa.

Su objetivo es aclarar los aspectos operativos y comerciales más habituales de nuestros servicios.

Naturaleza de la carga

    • Salvo indicación en contra, las ofertas sólo serán válidas para carga general, paletizada y remontable.

    • La carga debe estar correctamente embalada para el transporte aéreo internacional.

Disponibilidad y tarifas

    • Todas las ofertas están sujetas a disponibilidad de espacio con la aerolínea en el momento de la reserva.

    • Las tarifas aéreas son variables y suelen ser revisadas mensualmente por las compañías aéreas.

Seguro de mercancías

    • El seguro no está incluido por defecto.

    • En caso de solicitarlo, se aplicará una prima del 0,25% sobre el 110% del valor de la mercancía, con un mínimo de 18 EUR.

    • La mercancía viaja por cuenta y riesgo del cliente, salvo contratación expresa del seguro por escrito.

    • No se responderá de pérdidas o daños si no se ha contratado seguro previamente.

Documentación

    • No se incluye el envío de documentos físicos ni en origen ni en destino, salvo que se indique expresamente.

    • Es responsabilidad del cliente aportar la documentación necesaria en tiempo y forma.

Embalajes y normativa fitosanitaria

    • En muchos destinos internacionales, los pallets o embalajes de madera deben estar tratados o fumigados conforme a la normativa fitosanitaria (NIMF-15 / ISPM-15).

    • Salvo indicación expresa en contrario, el expedidor debe cumplir con esta exigencia.

Inspecciones, controles y costes asociados

    • Los posibles gastos derivados de inspecciones físicas, escáneres, controles de seguridad, aduanas o sanidad (en origen o en destino), así como cualquier demora o intervención oficial, no están incluidos en la oferta.
    • Esto incluye, entre otros, costes de terminal asociados a dichos controles o intervenciones oficiales.
    • Estos costes, en caso de producirse, serán a cargo del cliente.

Confirmación de reservas y fechas estimadas

    • La reserva de vuelos y las fechas estimadas de llegada están sujetas a disponibilidad, aceptación y cambios por parte de la aerolínea, así como a posibles demoras derivadas de circunstancias operativas, meteorológicas o de fuerza mayor.

    • Por tanto, las fechas de salida y llegada son orientativas y no pueden garantizarse, ya que dependen de factores ajenos a nuestro control operativo.

Mercancías peligrosas y consecuencias por declaración incorrecta

    • Toda mercancía peligrosa debe ser declarada previamente y correctamente documentada según la normativa IATA.

    • Se informa que el terminal del aeropuerto puede aplicar un recargo mínimo de 1.500 EUR por AWB en caso de detectar mercancías peligrosas ocultas o no declaradas durante sus controles.

    • Esta situación puede implicar además la inmovilización de la carga, sanciones legales y responsabilidades civiles o penales a cargo del remitente.

Cálculo del peso volumétrico

      • En el transporte internacional, el peso facturable se determina comparando el peso bruto real con el peso volumétrico, aplicándose el mayor de los dos.

      • Los factores de conversión utilizados, salvo indicación contraria, son los siguientes:

Modalidad de transporte Factor de conversión volumétrico
===================== =============================
Aéreo 1 m³ = 167 kg
Marítimo (LCL) 1 m³ = 1.000 kg
Terrestre internacional 1 m³ = 333 kg
      • El volumen se calcula en base a las dimensiones externas del bulto, incluyendo palet o embalaje, y se redondea por exceso.

      • En transporte aéreo, se calcula según la fórmula:
        (Largo × Ancho × Alto en cm) ÷ 6.000 = Peso volumétrico (kg)

Exclusiones y limitaciones

    • Quedan excluidos todos los servicios o gastos no expresamente especificados en la oferta.

    • Nuestra responsabilidad no excederá en ningún caso la que asuman frente a nosotros las compañías aéreas o los transportistas intervinientes en la operación.

    • Los gastos de terminal, manipulación, documentación, tasas locales o cualquier otro coste en origen o destino quedan excluidos, salvo que estén expresamente indicados en esta oferta.

Complemento a nuestras Condiciones Generales

Estas condiciones forman parte de nuestras ofertas tipo y deben interpretarse como complemento a nuestras Condiciones Generales de Contratación, disponibles aquí.

Detalles

Condiciones Generales de Contratación (CGC)

Transportes y Navegacion Ramirez Hermanos SA, en calidad de transitario y comisionista de transporte, establece las siguientes Condiciones Generales de Contratación, aplicables a todos los servicios de transporte, logística, gestión aduanera y seguros ofrecidos a sus clientes.

Las presentes condiciones regulan la relación comercial entre Transportes y Navegacion Ramirez Hermanos SA y sus clientes, y su aceptación se considera implícita al contratar cualquiera de nuestros servicios.

Entre los aspectos más destacados se incluyen:

  • Limitación de responsabilidad conforme a los convenios internacionales aplicables (CMR, Montreal, Bruselas, La Haya-Visby…).
  • Servicios prestados por cuenta y riesgo del cliente, salvo contratación expresa de seguro.
  • Exclusión de daños indirectos o consecuenciales.
  • Obligaciones del cliente respecto a documentación, información y legalidad de las mercancías.

Puedes consultar el documento completo aquí: cgc.pdf

Ultima actualización 2/Junio/2025

Detalles

Comunicado: Validación para despachos canal Naranja + EUR1

Este comunicado afecta exclusivamente a los despachos que salen CANAL NARANJA y declaran un EUR1.

La aduana ha cambiado el procedimiento de los despachos canal naranja.

Hasta ahora, cuando un despacho salía NARANJA, se debía aportar la documentación habitual (factura, packing, y alguna carta si es el caso) para liberar dicho despacho.

Ahora, como novedad, la aduana también exige presentar el EUR1 definitivo (escaneado) para su liberación.

Por tanto, mientras no se aporte el EUR1 definitivo, el despacho quedará retenido.

El EUR1 aportado ha de ser el definitivo. Una vez aportado, la aduana lo volverá a revisar antes de firmarlo para comprobar que no se haya cambiado nada.

Caso de que se presente el EUR1 y luego se quiera cambiar (porque lo pide el destinatario o para ajustar algún texto) será muy complicado que se conceda. Sólo entrarán las modificaciones que corrijan errores. No se permitirán cambios menores (la aduana se mirará con detalle que el EUR1 sea un reflejo de la información que aparece en el DUA).

Es por ello que para evitar problemas, ante un despacho naranja deberíamos esperar a tener el EUR1 validado antes de aportarlo a la aduana, aunque ello pueda implicar perder la salida de algún barco.

Detalles

Suscríbete a nuestro newsletter

Y no te pierdas ninguna oportunidad en Ramirez Hnos / Inter-tir